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21 de septiembre de 2021

¿Bolívar digital o con menos dígitos?

Juan Cristóbal Carmona Borjas

Individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales. Profesor de postgrado en Derecho Financiero en la Universidad Católica Andrés Bello y en el IESA

El pasado 6 de agosto de 2021 apareció publicado en Gaceta Oficial Nº 42.185 el Decreto Nº 4.553 en virtud del cual se adopta a partir del 1° de octubre de 2021 una nueva expresión del bolívar. En esta oportunidad, Nicolás Maduro suprime seis ceros a la escala monetaria nacional que, aunados a los cinco por él mismo eliminados en 2018 y a los tres suprimidos por Hugo Rafael Chávez Frías en 2008, totalizan catorce. Tales medidas representan la más clara expresión de la agonía de nuestro signo monetario y el contundente fracaso del modelo político y económico de la llamada “Revolución”.

En desarrollo del Decreto Nº 4.553 el Banco Central de Venezuela (BCV) dictó la Resolución Nº 210801, contentiva de las “Reglas que rigen la nueva expresión monetaria”, habiendo quedado claro en ambos instrumentos que todo monto establecido antes del 1° de octubre de 2021, será equivalente al importe monetario expresado en bolívares luego de aplicar la nueva escala (Equivalencia Nominal). En tal virtud, la medida adoptada no altera el valor del bolívar, mucho menos, el poder adquisitivo del venezolano.

Se trata en esta ocasión, como en las dos oportunidades anteriores, de reconversiones monetarias dirigidas a reducir el número de dígitos que por efecto de la hiperinflación se acumulan en torno al bolívar en el transcurso del tiempo. A través de este tipo de medida, procuran las autoridades nacionales simplificar la lectura y comprensión de las cifras, la celebración de transacciones comerciales y su registro contable. Más allá de ese propósito, con ese proceder persigue también el Ejecutivo Nacional disimular, si es que ello aún es posible, la magnitud de la enfermedad que padece el sistema monetario venezolano y con él nuestra economía.     

 

“Bolívar Digital”: nada más que una reexpresión monetaria

Al anunciar la más reciente de estas medidas, el BCV señaló que el país se enrumbaba hacia el “Bolívar Digital”, denominación esta que fue asumida por muchos como la que reemplazaría a la de “Bolívar Soberano” bajo la cual se identificó nuestro signo monetario en el marco de la reconversión de 2018 que, a su vez, había estado precedida por la de “Bolívar Fuerte” a partir de 2008.

En cuanto a esa práctica debe tenerse presente que conforme a los artículos 318 de nuestra Carta Magna y 106 de la Ley del BCV, la única unidad monetaria de la República es el “bolívar”, por lo que cualquier adjetivo que se adose a su nombre, responde simplemente a estrategias comunicacionales dirigidas a amortiguar el costo que para el gobierno nacional supone su pobre desempeño. La reciente medida adoptada por el Ejecutivo Nacional se trata pues, de una simple reexpresión de la escala de valor del bolívar, por lo que no es correcto señalar que a partir del 1° de octubre nuestro signo monetario será sustituido por otro, el “Bolívar Digital”. Tampoco es cierto que el bolívar será rebautizado a partir de esa fecha con aquel nombre.       

 

El “Bolívar Digital” y la economía digital

A pesar de la afirmación anterior, no deja de ser relevante la mención que ha venido haciendo el BCV al “Bolívar Digital” en el marco de la nueva reexpresión monetaria que, valga señalar, se alinea con lo expuesto por Nicolás Maduro en su Mensaje Anual ante la Asamblea Nacional del 12 de enero de 2021, en el que afirmó que este año avanzaríamos hacia una “economía cien por ciento digital”.

Si bien lo señalado por el ente emisor y por la cabeza del Ejecutivo Nacional es poco esclarecedor, diera la impresión de que lo que se persigue es enrumbar a la economía venezolana hacia la modernidad mediante el uso de la tecnología. De ser ese el propósito, resulta difícil conciliarlo con el protagonismo que en paralelo vienen atribuyéndole en nuestra economía al trueque.

Se ha dado en llamar economía digital a la que se ejerce a través de los recursos que ofrecen las tecnologías de información y comunicación (TIC), especialmente el Internet y la blockchain, que bajo sistemas digitales permiten crear, decodificar, transmitir o guardar información representada en cantidades, cuyas señales de entrada y salida solo admiten valores discretos, por ende, finitos, expresados en dígitos casi siempre representados con el código binario (ceros y unos).

Los sistemas digitales se incorporan en dispositivos magnéticos, electrónicos y mecánicos de uso masivo entre la población (computadoras, tabletas, teléfonos celulares) en los que se conforman ecosistemas propicios para la consolidación del e-commerce, la big data, la inteligencia artificial, la blockchain y las redes sociales y, con ellos, de la economía digital.

Según Yuval Noah Harari, profesor titular del Departamento de Historia de la Universidad Hebrea de Jerusalén, Israel, la creación y uso del dinero no requirieron de grandes descubrimientos tecnológicos, puesto que se trató de una revolución puramente mental que implicó la creación de una nueva realidad intersubjetiva que solo existe en la imaginación compartida de la gente.

Si bien lo sostenido por el historiador israelita es muy cierto en cuanto a la aceptación del dinero en la humanidad, las dificultades que han supuesto los bienes utilizados para representarlo en lo que respecta a su mesura, movilidad, envilecimiento, durabilidad y aceptación global, han tenido que ser atendidas de tiempo en tiempo y, en ello, desde hace varias décadas han jugado un importante papel los avances tecnológicos.    

En esa dinámica, las TIC, en general, y el Internet y la blockchain, en particular, han representado herramientas transformadoras de las expresiones tradicionales de la política, el activismo, la economía y, por supuesto, del poder. En el caso específico del dinero, aquellas han conducido, progresivamente, por una parte, a su desmaterialización y, por la otra, al surgimiento de mecanismos alternativos dirigidos a coexistir con él e incluso a desplazarlo.

Con la enorme difusión de las entidades financieras de ahorro, sobre todo, a partir del siglo XIX, los depósitos de toda la sociedad se convirtieron en inmateriales apuntes en cuenta que, posteriormente la revolución informática transformó en registros digitales. La instalación del primer cajero automático en Londres en los años setenta del siglo pasado y la introducción por el Diners Club americano de la primera tarjeta de crédito, terminaron de impulsar la aparición del llamado “Dinero Electrónico” que, terminó de consolidarse en la década de los ochenta del siglo pasado con la aparición del Internet.  Pasó así a un segundo plano, en volumen, uso y preferencia, el dinero físico y comenzó a reinar el dinero desmaterializado o electrónico.

 

“Dinero Electrónico” y “Dinero Digital”: algunas distinciones

En el contexto jurídico, sin embargo, no debe confundirse al dinero con los medios que se emplean para representarlo, conservarlo y movilizarlo, entre ellos, las monedas y los billetes; el “dinero bancario”, escritural (cheques) y electrónico (desmaterializado) y; el “dinero plástico”, instrumentado a través de tarjetas de crédito, débito y prepagadas. Todos ellos, en mayor o menor medida aun coexisten, bajo la trinidad conformada por el Estado (emisor), la banca (intermediaria) y los ahorristas (titulares), teniendo como único substrato, dinero fiduciario.

Más recientemente, sin embargo, se han venido registrando iniciativas de muy distinta naturaleza, en las que se procura la creación de redes mundiales que permitan la canalización de medios de pago e inversión al margen de los operadores bancarios que, sin involucrar dinero en términos jurídicos, procuran fines similares. En esa categoría se encuentra el llamado “Dinero Digital” que a su vez registra especies, unas, comunitarias, es decir, que operan únicamente en los mundos virtuales creados a tales efectos (Entropia y Pokécoin) y, otras, universales, con trascendencia en el mundo real (bitcoin, Ripple y Litecoin).

Más allá de las particularidades tecnológicas de los sistemas en que operan el “Dinero Electrónico” y el “Dinero Digital”, a los efectos que aquí interesan, la diferencia fundamental que entre ellos existe viene dada por el hecho de que el “Dinero Digital” no es reconocido jurídicamente como dinero, al originarse en el ámbito privado. Se trata de un “dinero” sin respaldo, salvo el que representa la confianza que le profesan quienes con él operan. El “Dinero Digital” se desenvuelve mayoritariamente en la blockchain, lo que representa la posibilidad de operarlo sin intermediarios (P2P), por ende, de manera inmediata y bajo anonimato. El terreno en el que se desenvuelve el “Dinero Digital” escapa prácticamente de las competencias de los bancos centrales o de las autoridades reguladoras de cada Estado, por lo que se le considera propicio para el lavado de dinero o la evasión de impuestos, el fraude y la falsificación.

 

Central Bank Digital Currency (CBDC): algunas precisiones

A pesar de antecedentes como el del Petro, resulta lógico pensar que no es a aquel tipo de “Dinero Digital” al que el Ejecutivo Nacional y el BCV pretenden enrumbar al bolívar, sino al llamado en inglés Central Bank Digital Currency (CBDC), en el que actualmente más del 80% de la banca central mundial tiene puesta la vista. Se trata de una iniciativa a través de la cual los Estados pretenden aprovechar los avances de la tecnología digital y responder a la creciente presión de iniciativas privadas como las antes mencionadas, especialmente las que involucran la creación de criptomonedas.

Hasta el momento, y bajo la modalidad del “Dinero Electrónico”, el dinero fiduciario se emite y canaliza a través de sistemas de pago centralizados. En ellos los bancos centrales emiten dinero (emisión primaria) que a su vez sirve de base para que los bancos comerciales lleven a cabo su creación secundaria a través del crédito. Los sistemas centralizados funcionan en diferentes niveles, según sea el caso. “Así, cuando dos personas con cuentas en un mismo banco hacen transacciones entre ellos, no lo hacen directamente, sino que el banco es el encargado de verificar y liquidar la transacción entre ambos. Si las dos personas tienen cuentas en entidades diferentes, los bancos tampoco hacen las transacciones directamente entre ellos, pues, en un nuevo nivel de intermediación, el banco central es el encargado de liquidar esta operación. Si ambas personas quieren hacer transacciones directamente, deben usar los billetes emitidos por el banco central” (Monedas Digitales. Una perspectiva desde la banca central. Marthín Morán y otros).

Si bien este sistema centralizado reporta una serie de ventajas, registra también numerosas desventajas (límites en la disposición diaria del dinero, tiempos de espera en la efectividad de la operación, altos costos por concepto de comisiones, horarios y días no laborables, etc.) que son precisamente las que han impulsado iniciativas como las del “Dinero Digital”. 

El CBDC se trata en cierta forma de un punto intermedio entre esos dos mundos, en tanto implicará el manejo digital de las bancas centrales a cuyo cargo continuará la emisión de dinero de curso legal, a través del cual la población de cada Estado podrá efectuar pagos y almacenar valor, todo de manera cuasi-directa, e inmediata.     

Con este tipo de medida se pretende reducir o eliminar la acuñación de monedas y la emisión de billetes, lo que supone un ahorro para el Estado y mayor comodidad y seguridad para la población. Bajo este esquema, el papel de la banca comercial pareciera perder fuerza en lo que respecta a su condición de intermediario y financista, lo que no deja de suscitar inquietudes. 

En el impulso del CBDC la República Popular China lleva la batuta al haber iniciado en 2014 un proyecto dirigido a su instrumentación que ya se tradujo en el lanzamiento en 2020 del Yuan Digital. Otros países, aunque con ciertas variantes han hecho lo propio, destacando entre ellos Suecia (e-Krone) y Bahamas (Sand Dollar). El CBDC continúa, sin embargo, en fase experimental y son numerosos los temas abiertos a efectos de su implementación, no sólo en el ámbito tecnológico, sino también, económico, jurídico y sociológico.

Visto lo anterior, es claro que aún queda mucho camino por transitar a nivel mundial para hacer del “CBDC” una realidad, recorrido este que en el caso de Venezuela no sólo es una empinada cuesta llena de obstáculos, sino que conducirá al vacío, mientras no se tomen las medidas correctas. Sostener que para el año 2021 estaremos ante una economía 100% digital y que en ella pueda contarse con un bolívar digital, no pasa de la retórica.

En un país en el que el servicio de electricidad falla constantemente, en el que el Internet tiene muy bajo alcance, pero, sobre todo, en el que la moneda de curso legal no tiene prácticamente valor, ¿qué sentido tiene alardear en torno a su digitalización? Primero, corresponde al gobierno resucitar al bolívar para lo que de nada sirve seguir quitándole ceros, poniéndole sobrenombres o versionándolo en un mundo virtual 5.0.   

  

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