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07 de enero de 2021
Andrea I. Rondón García
Doctora en Ciencias mención Derecho de la Universidad Central de Venezuela. Profesora de Doctorado en Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello. Profesora de pregrado de Argumentación Jurídica (2006-2017) y de Teoría General del Derecho (2017-2019) de la Universidad Católica Andrés Bello. Miembro del Comité Académico del Centro de Divulgación del Conocimiento Económico para la Libertad (Cedice Libertad)
Desde el Observatorio Económico Legislativo hasta una visión liberal del Derecho
Por años Cedice Libertad ha llevado a cabo distintas investigaciones relacionadas con el impacto de las Leyes a través del análisis costo-beneficio en el Observatorio Económico Legislativo[1].
La necesidad de evaluar el impacto de las Leyes no ha variado a pesar de las actuaciones arbitrarias e ilegítimas de la inconstitucional Asamblea Nacional Constituyente. Al contrario, hoy más que nunca es necesario insistir en replantear el Derecho en Venezuela y entender que no es sólo un problema de Leyes.
En virtud de esto, desde Cedice Libertad buscamos mantener el trabajo y espíritu del Observatorio Económico Legislativo[2] y llevarlo a una siguiente etapa que incluya la discusión de los temas fundamentales del Derecho desde la filosofía liberal.
Dos concepciones del Derecho
Desde que empecé a dar clases en la Universidad Católica Andrés Bello en el año 2006, notaba con preocupación que algunos textos consultados con frecuencia en el pregrado insistían en que el Derecho:
“Es la recta ordenación de las relaciones sociales, mediante un sistema racional de normas de conducta declaradas obligatorias por la autoridad competente, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica”[3].
En esta concepción del Derecho destaca (i) su función para ordenar las relaciones sociales; )ii) que ello sea declarado por una autoridad competente y (iii) que las normas sean justas (en otro capítulo de su libro, Olaso se inclinará por la justicia social y la función social de la propiedad)[4].
Mi preocupación, más que por la propia tendencia (que podría decirse está en la acera del frente de donde me ubico), es que sea la única consultada. En las clases del pregrado acostumbraba confrontar con mis alumnos este texto de Olaso con autores como Frédéric Bastiat[5] y Bruno Leoni[6]. Mi intención era presentar todos los puntos de vista que forman parte de las discusiones actuales. Este método también lo he aplicado en las clases del doctorado de la Universidad Católica Andrés Bello.
Es importante destacar que existe un camino completamente distinto, uno que considera que el Derecho es un conjunto de comportamientos que se han ido formando a lo largo del tiempo, dentro de un proceso evolutivo que supone ajustes, adaptaciones y coordinación social, y donde el Legislador tiene una participación limitada, siendo esta última una de las expresiones en el Derecho de la propuesta de Gobierno limitado.
De este modo, quise que en este año 2020 también quedara constancia de ese trabajo de análisis de distintas concepciones del Derecho (diría que a grandes rasgos son dos), y desde Cedice Libertad el acento sería desde la filosofía liberal.
Una visión liberal del Derecho
Entre noviembre y diciembre de 2020 realizamos el ciclo de charlas titulado Una visión liberal del Derecho con los profesores Ricardo M. Rojas, Antonio Canova, Ramón Escovar León, Corina Yoris, Claudia Madrid, Eugenio Hernández-Bretón y Gabriel Zanotti. También pude participar y tuve el privilegio de compartir espacio en la charla con la profesora Madrid.
Este ciclo inició con la charla Una nueva visión del Derecho Público, porque en el foro liberal no es común o no existe la discusión de disciplinas que tradicionalmente no se asociarían con la filosofía liberal como es el Derecho Penal y el Derecho Administrativo. La defensa del liberalismo es mucho más sencilla desde el Derecho Privado, en este caso es un reto, pero definitivamente es mayor el reto desde áreas propias del Derecho Público.
En la primera charla, Antonio Canova, fundador de la asociación civil Un Estado de Derecho, advertía que “con el derecho administrativo de un Estado Social, la sociedad se juega su libertad” y Ricardo M. Rojas, ex juez en materia criminal en Argentina, hacía lo propio desde su área al señalar que “El Estado utiliza el derecho penal para la persecución de aquellas actividades que no le interesan que se lleven a cabo. Cualquier cosa que el Estado no quiere que ud. haga va a venir acompañada de una pena”.
La segunda charla sería El lenguaje en el Derecho, porque si bien la palabra es libertad, también es usada para distorsionar y oprimir. De este modo, el profesor Escovar León, quien no sólo es abogado sino también licenciado en Letras, fue categórico al señalar que “Cuándo vacío de contenido un término jurídico, como el de la propiedad, y lo vinculo a otro significado, estamos incurriendo en la neolengua”. La profesora Yoris, Presidente de la Sociedad Venezolana de Filosofía, acompañaría esta advertencia al señalar que “Una manera de hacerle frente al lenguaje impositivo, es simplemente no hacer uso de ese lenguaje”.
Continuamos el ciclo con la charla La reivindicación del Derecho Privado, y este título fue un llamado de atención sobre una realidad presente desde hace más de quince años en el que el Derecho Privado se ha visto disminuido, e incluso arrinconado, por otras disciplinas y ha desaparecido de sus ámbitos naturales. Una aproximación al Derecho Privado desde la filosofía liberal sería reivindicándolo.
La profesora Claudia Madrid, reconocida docente en las materias de Obligaciones y Derecho Internacional Privado, nos recuerda esta realidad al afirmar que “Hay un elemento histórico fundamental, está comprobado que los Estados que han invadido más terreno que los particulares han fracasado desde el punto de vista de la regulación del mercado. Nosotros lo estamos viviendo”. Por mi parte, que tengo una línea de investigación sobre la propiedad desde hace más de 10 años, me preocupé por insistir que el único modo de superar esta realidad era entendiendo que la verdadera naturaleza de la autonomía de la voluntad de las partes, pilar del Derecho Privado, es humana; que tenemos la necesidad de establecer nuestras propias reglas (autorregularnos) y ello conllevaba a la imposibilidad de que el Estado pueda regular absolutamente todo ámbito humano.
Finalmente, terminamos este ciclo con La enseñanza del Derecho, porque si mostramos preocupación de los riesgos de emplear al Derecho como una herramienta del poder, ello debía ser advertido y evitarse desde nuestras aulas de clase. De este modo, el profesor Hernández-Bretón, Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Monteávila, señalaba que “El planteamiento central de la enseñanza del Derecho debe ser el posicionamiento de la persona como el eje principal de las normas jurídicas”.
Por su parte, yendo más allá del Derecho y hablando de las Ciencias Sociales en general, el profesor Zanotti, doctor en Filosofía, colocaba sobre la mesa lo que hemos visto en la historia, y es que “Los científicos sociales son enseñados en las universidades a como ser planificadores”, pero al mismo tiempo, acudiendo a las enseñanzas de Friedrich A. Hayek, nos recordaba que esto puede evitarse “En la medida en la que se distinga derecho de legislación”, y allí “habrá libertad”.
La universalidad de ideas
Este ciclo de charlas sobre Una visión liberal del Derecho se une a los esfuerzos que la comunidad jurídica mantiene desde hace dos décadas para manifestarse sobre la progresiva destrucción del Derecho en los últimos años y apelar a los fundamentos que inspiran a la Universidad como institución de la sociedad civil (justo hoy, en los años más difíciles para las universidades venezolanas), esto es, a la universalidad de ideas incluyendo una perspectiva poco discutida en nuestras aulas de clas
[1] https://cedice.org.ve/avada_portfolio/monografia-63-la-tecnica-del-analisis-costo-beneficio-en-que-consiste-por-que-es-util-leandro-canto/.
[2] https://cedice.org.ve/investiga/observatorios/observatorio-economico-legislativo/.
[3] Luis María Olaso, Curso de Introducción al Derecho (Caracas: abediciones, 2017), 9.
[4] Olaso, Curso…, 315-345.
[5] Frédéric Bastiat, “La Ley”, en Obras escogidas, ed. Francisco Cabrillo (Madrid: Unión Editorial, 2012), 181-234.
[6] Leoni Bruno, La libertad y la Ley (Madrid: Unión Editorial, 2011).